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#CongresoCoahuila. Se modifican diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 11 de abril de 2022. Por Carolina Negrete.- Dictamen de la Comisión de Igualdad y No Discriminación, con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza, con objeto de integrar al Instituto Electoral de Coahuila al Consejo del Sistema Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al ser dicho Instituto el encargado de garantizar y proteger los derechos político-electorales, y de manera especial los de las mujeres que participan en la vida pública del Estado. Asimismo, se incluyen también como integrantes del Consejo a los institutos o instancias de las mujeres de los 38 municipios del Estado. Las reformas y adiciones a ésta Ley fueron propuestas por el Gobernador del Estado, Ing. Miguel Ángel Riquelme Solís, en cuya exposición motivos se señala que actualmente el Consejo del Sistema Estatal se integra por 21 instancias gubernamentales relacionadas a la materia, mismas que contribuyen a la elaboración e instrumentación de políticas públicas a favor de las mujeres, sin embargo, el cambio constante en relación a sus derechos, incita a que se actualice la participación de otras área de gobierno que garanticen la protección integral de las mujeres. El Ejecutivo del Estado propuso adicionar las facultades y competencias tanto del Instituto Electoral de Coahuila, como de los Institutos Municipales de las Mujeres, a fin de definir su marco de actuación en materia de prevención y atención a la violencia contra mujeres y niñas, en consonancia a lo que al respecto establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Señala además que, para garantizar la transversalidad, sustentabilidad y seguimiento del Programa Estatal de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia emitido por el Sistema Estatal, se establece su periodicidad de 10 años y su aprobación por parte de dicho Sistema, como parte de las políticas públicas impulsadas por el Ejecutivo del Estado en coordinación con los Poderes Judicial y Legislativo estatales.

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